A PROPÓSITO DE LOS "PIONERITOS"

La consumación en el delito de secuestro se produce cuando el sujeto pasivo (víctima) queda privado de su libertad para movilizarse, además, la conducta delictiva continua mientras dura la privación de la libertad, la cual, estando bajo el poder del secuestrador, se agrava en caso la victima muere.

El Estado no sólo garantiza el derecho a la vida, sino que la respeta y protege dotándola de mecanismos de sanción para quienes la pongan en peligro.

Humildemente creo que se tiene que sancionar a aquellos policías y militares que sabiendo que el principio de subordinación no es justificación para delinquir,  delinquen.