BLINDAJE LEGAL PARA MATAR [A PROPÓSITO DE LA NUEVA LEY]

¿Acaso el Estado puede tratar a los manifestantes como criminales? 

Este es uno de los mayores problemas en el Perú. En los últimos años, particularmente en éste gobierno, se viene identificando y etiquetando a los manifestantes como si fueran vulgares criminales y tratándolos con una legislación que tiende a considerar que esas conductas son delictivas, que van en contra de la seguridad nacional y por tanto al ir en contra del Estado, son factibles de represión. 

Con la nueva Ley impulsada en el Congreso, lo que se hace es blindar abusos que pueden llevar a matar con todas las características de un asesinato, ya que policías y militares en "cumplimiento de su deber" estarán exentos de responsabilidad penal cuando causen lesiones o muertes en "zonas de convulsión". Esto es,  protestas o factores de hecho que generen "inseguridad para el Estado" serán reprimidas y no habrá ejercicio de investigación, puesto que al no poder ser denunciados no serán procesados y menos juzgados, desaparecerá para los efectivos todo tipo de proceso amparados en su deber de cumplimiento y bajo el brazo de las leyes. Pero ¿quién mide el accionar policial-militar? ¿Quién fiscaliza que no se mate adrede o apropósito o bajo el imperio de la arbitrariedad y la injusticia? 

Estas leyes y decretos pasados vigentes, no hacen más que identificar como grupos hostiles a manifestantes y permitir que funcionen las leyes de los conflictos armados, y se usen armas de largo alcance en contra de la gente que ejerce su derecho a protesta y que, para el Estado, afectan la seguridad nacional.

Como yo veo existe una concepción detrás de todo esto; es una concepción ideológica que nos considera obstáculos al desarrollo y nos tratan como perros del hortelano. Entonces, podemos identificar que es parte de la misma concepción que promueve el crecimiento económico sin tener en cuenta un plan de desarrollo humano mucho más amplio.

Pero no hay que cegarnos con esta ley; hay otras leyes más, por ejemplo una de las ultimas normas que modificó el Código Penal, Ley Nº 29583, que nos habla de reprimir con una sanción mayor a los protestantes o para reformular los tipos penal respecto de aquellos actos que puedan cometer los manifestantes.

Existe una distinción. El derecho a la protesta tiene sus límites [no daños, no atentados contra los miembros de la policía y el ejército o las empresas públicas o privadas, eso no], pero es un derecho y el Estado no tienen ninguna capacidad -legítima- de tratar a los manifestantes como delincuentes.

La única vinculación del Estado con los que protestan no puede ser la represión y esto es lo que esta haciendo, no últimamente pero ahora con mayor fuerza, el gobierno nacionalista. Lo que se consigue con las modificaciones e implementaciones legislativas, los decretos legislativos y en general la conducta de la fuerzas de seguridad [interna y externa], congresistas, ministros y el presidente, es entablar una comunicación que tiene como base la criminalización y represión.