LECTURA RECOMENDADA
A
manera de introducción resulta propicio decir que Kelsen aborda los conceptos
de justicia, felicidad y orden social justo como sigue:
Concibe
a la justicia como una característica posible pero no por ello necesaria del
orden social, toda vez que para que exista un orden social no es imprescindible
la justicia.
Un
hombre será considerado justo para el orden social en la medida que sus actos
sean coherentes con el orden social establecido como justo.
Menciona
que de acuerdo con Platón, el orden social será justo en la medida en que la
regulación que forme parte de él satisfaga y logre la felicidad de los hombres
y que de acuerdo con lo sostenido por Platón, la justicia se identifica con la
felicidad, ya que "sólo el justo es feliz y desdichado el injusto".
Se
afirma que no puede existir un orden social justo que garantice la felicidad de
todos, en virtud de que por regla general la felicidad de uno modificará la
felicidad de otro, entrañando incluso su infelicidad, también refiere que la
felicidad individual, casi siempre está en función de un cúmulo de necesidades
que no siempre son satisfechas por el orden social del que forma parte y que la
naturaleza no es justa y no existe orden social capaz de reparar toda
injusticia.
De
acuerdo con Bentham, tampoco existe el orden social justo entendido como aquel
que tienda a lograr la mayor felicidad posible sobre el mayor número posible de
miembros de la sociedad, ya que invariablemente lo que haga felices a algunos,
hará infelices a otros y viceversa, por ser el egoísmo parte de la naturaleza
humana.
Afirma
que por felicidad en sociedad se debe entender la satisfacción de necesidades
consideradas por quienes como autoridad social y desde el ejercicio del poder
tienen la obligación de proveerlas.
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