LECTURAS CRÍTICAS AL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO


Derecho penal del enemigo es la expresión acuñada por Günther Jakobs en 1985 para referirse a las normas que en el Código Penal alemán sancionaban penalmente conductas sin que se hubiere afectado el bien jurídico, pues ni siquiera se trataba del inicio de la ejecución. Estas normas no castigan al autor por el hecho delictivo cometido. Castigan al autor por el hecho de considerarlo peligroso. 

El Derecho Penal del Enemigo es, de acuerdo a su autor, una mera descripción de la realidad actual. Sin embargo, esta "descripción" ha merecido críticas de diversos autores y juristas sobre todo por ir en contra del Estado de Derecho (los principios de este), los Derechos Humanos y los Principios del Derecho Penal Liberal.

Sin embargo, de acuerdo a Muñoz Conde, una conminación penal más severa, rígida y contundente, hasta límites rayanos si no idénticos a la pena perpetua, vaya a erradicar el delito o a reducirlo de forma relevante. El derecho penal del enemigo, si bien puede apuntar a un fin "justo" que viene a ser la protección de bienes jurídicos de la sociedad, es incompatible con los principios del Estado de Derecho. Esto debido a la oscuridad al momento de definir quién es ciudadano y quien es enemigo. 


DESCARGUE AQUÍ ALGUNAS CRÍTICAS A LA TESIS DEL DR. GÜNTHER JAKOBS


CARLOS PEREZ DEL VALLE 
[Descarga aquí ]

LUIGI FERRAJOLI
[Descarga aquí ]

JOSÉ URQUIZO OLAECHEA 
[Descarga aquí ]
Derecho Penal del Enemigo.

LUIS GRACIA MARTÍN
[Descarga aquí ]
Consideraciones Críticas Sobre el Actualmente Denominado Derecho Penal del Enemigo

IMPUTACIÓN OBJETIVA EN EL FUNCIONALISMO NORMATIVO